Por causa de la crisis sanitaria de la COVID-19, y de las medidas decretadas para combatirla, la Junta de Gobierno del ICIP ha aprobado prorrogar los plazos de ejecución y de justificación de tres convocatorias de subvenciones que finalizaban este año 2020. La decisión responde al objetivo de garantizar la viabilidad de los proyectos subvencionados ya que, como consecuencia de la pandemia, las actividades de los grupos o entidades beneficiarios de las ayudas se han visto modificadas, canceladas o bien pospuestas.
Se trata de las convocatorias de subvenciones para trabajos de investigación en el ámbito de la paz (R-ICIP) correspondientes a los años 2018-2019 y 2019-2020, y la convocatoria de subvenciones para proyectos de entidades sin afán de lucro destinados al fomento de la paz correspondiente al año 2019.
En el caso de la convocatoria R-ICIP 2018-2019, el plazo de ejecución de la subvención se ha prorrogado hasta el 25 de septiembre de 2020, y la justificación, hasta el 25 de noviembre de 2020.
En el caso de la convocatoria R-ICIP 2019-2020, el plazo de ejecución de la subvención se ha prorrogado hasta el 26 de abril de 2021, y la justificación, hasta el 28 de junio de 2021.
En el caso de la convocatoria a entidades 2019, el plazo de ejecución de la subvención se ha prorrogado hasta el 10 de marzo de 2021, y la justificación, hasta el 12 de abril de 2021.