La cultura del castigo: una mirada crítica

Punitivismo y mano dura en la Argentina: dos casos y una doble vara

…  soy un imperialista moral. Una de mis premisas básicas será que se debe luchar para que se reduzca en el mundo el dolor infligido por el hombre.
Nils Christie, Los límites del dolor.

David Moreira tenía 18 años, la misma edad que Fernando Báez Sosa.

David vivía en Rosario, provincia de Santa Fe, Argentina.

Fernando en la ciudad de Buenos Aires, capital del mismo país.

El 22 de marzo de 2014, a bordo de una moto, David intentó robarle un bolso a una joven mujer en un barrio de Rosario. No lo logró ante la resistencia de su víctima. Al intentar huir fue retenido por una persona, a la que luego se sumaron más. Durante quince minutos lo golpearon mientras estaba tirado en el piso. Pegaban unas, se retiraban cuando se cansaban, llegaban otras y seguían pegando. Pasado un rato llegó la policía y lo llevó a un hospital, solo para que agonizara y muriera allí tres días después.

El 18 de enero de 2020, Fernando tuvo un altercado en un local bailable en la ciudad de Villa Gesell, ubicada en la costa atlántica argentina. Le pegó una trompada en el estómago a un joven poco más grande que él, Máximo Thomsen, tan fuerte que lo hizo caer al suelo a él y al empleado de seguridad -“patovica” en el argot rioplatense- que lo conducía para sacarlo del lugar. Todos: Fernando y sus amigos, Máximo y los suyos, terminaron violentamente expulsados por el personal de seguridad a la calle.

Allí, Máximo y sus siete amigos, todos de entre 18 y 21 años, fueron a buscar a Fernando y su grupo. En cuestión de segundos -menos de un minuto- Fernando recibió una lluvia de golpes y patadas, que le provocaron la muerte en el lugar.

Es difícil encontrar noticias actualizadas sobre el juicio por el homicidio de David Moreira. Sabemos que uno de los sujetos identificados fue condenado a tres años de prisión en suspenso -es decir, una pena que no cumplió en la cárcel- por haber participado en el ataque. Otros dos sujetos deberían haber sido sometidos a juicio en mayo de 2021, pero el debate se postergó en varias ocasiones, y aun no se realizó.[1]

Se impuso la consigna “Sin perpetuas no hay justicia”. Miles de personas la replicaron, sin detenerse a pensar qué significa pedir esa pena en la Argentina de hoy

El hecho fue considerado por el fiscal interviniente como “homicidio en agresión”, es decir, una muerte provocada por un grupo de personas, de las que no es posible determinar cuál fue la que produjo el deceso, porque todas contribuyeron a ese final, sin haberlo acordado previamente. Una Fuenteovejuna del horror.

El 6 de febrero de 2023, cinco de los ocho jóvenes que atacaron a Fernando Báez Sosa fueron condenados a prisión perpetua, y tres a quince años de prisión. Se consideró que el hecho debía calificarse como un homicidio doblemente agravado por la premeditación de dos o más personas, y por la alevosía. Cientos, miles de horas de televisión, radio y redes sociales, kilómetros de papel y ríos de tinta se utilizaron para contar su caso. Millones de personas vimos videos desde todos los ángulos del momento en que el grupo de jóvenes lo atacó. Las imágenes, además de ser registradas por cámaras de seguridad, habían sido tomadas con teléfonos móviles por testigos presenciales, porque los hechos sucedieron en pleno centro de Villa Gesell, uno de los sitios preferidos por jóvenes de todo el país para disfrutar de sus vacaciones en el verano. 

El rostro de David Moreira casi no lo conocemos; la cara sonriente de Fernando Báez nos interpela día y noche, para recordarnos de qué modo brutal le quitaron la vida ocho jóvenes como él

La madre y el padre de Fernando, y el dolor que los embarga desde aquel 18 de enero de 2020, han concitado la atención y el acompañamiento de millones de personas. El abogado de la familia, Fernando Burlando, que en otros juicios ha defendido autores de delitos graves -en el legítimo ejercicio de su profesión-, utilizó este caso para impulsar su carrera a la gobernación de la provincia de Buenos Aires, en este año 2023 en que se renuevan las autoridades nacionales y locales. La consigna que impuso fue: “Sin perpetuas no hay justicia”. Miles de personas la replicaron, sin detenerse a pensar qué significa pedir esa pena en la Argentina de hoy y su desmesura con relación a otros crímenes, por ejemplo, los crímenes de Estado. La enarboló la familia de Fernando, quizá comprensiblemente, hasta periodistas, personalidades políticas, y gente del pueblo sinceramente conmovidas por ese dolor, el de la mamá y el papá de Fernando, presentado como único y excluyente. Las cinco perpetuas obtenidas parecen darle la razón a Burlando, que prometió insistir para que a los tres jóvenes que recibieron quince años de pena también los alcance la cárcel a perpetuidad.

El rostro de David Moreira casi no lo conocemos, solo vemos una foto de su cuerpo tirado en el piso, antes de que se lo llevara la ambulancia. La cara sonriente de Fernando Báez nos interpela día y noche, para recordarnos de qué modo brutal le quitaron la vida ocho jóvenes como él, convertidos en monstruos asesinos y exhibidos en el juicio para que podamos ver sus miradas perdidas, sus rostros grises.

Víctimas inocentes, víctimas culpables. Vidas que no valen igual, aunque las terminen igual, a patadas

La mamá de David Moreira, su papá y su hermanito ya no viven en Rosario. Decidieron irse a Montevideo, Uruguay, para huir de un dolor que, a diferencia del padecido por la mamá y el papá de Fernando, no recibió palabras de consuelo, sino rechazo y culpabilización: no era la madre de una víctima impoluta, rodeada de características casi de santidad -Fernando era bueno, había estudiado en el Colegio Marianista, quería ser abogado, repartía comida entre los pobres-; sino de una víctima manchada -David era un ladronzuelo, le había intentado arrebatar una cartera a una mujer embarazada, nada bueno se podía encontrar en él- .

Víctimas inocentes, víctimas culpables. Vidas que no valen igual, aunque las terminen igual, a patadas.

En un caso, los responsables de las patadas -solo uno de ellos- se llevaron una condena de tres años. En el otro, las condenas fueron de por vida, para cinco de los autores, y de quince años para otros tres.

¿Cómo abordar la descarga punitiva brutal sobre cinco jóvenes a los que se arroja a la cárcel durante cincuenta años, sin que a prácticamente a nadie le parezca una pena desproporcionada

¿Cómo explicar esa diferencia entre tres y cincuenta años, para hechos que, en lo concreto, fueron similares? ¿Por qué la muerte de David Moreira no suscitó casi reacción social, salvo en el pequeño núcleo de su familia y algunas organizaciones sociales de Rosario, y militantes de derechos humanos que intenta(mos)ron visibilizar que eso que había sucedido en esa calle de ese barrio no era un “caso de justicia por mano propia”, sino un homicidio calificado por la alevosía, en el que no hay ni un ápice de justicia, sino puros actos de venganza privada?

¿Cómo abordar la descarga punitiva brutal sobre cinco jóvenes a los que se arroja a la cárcel durante cincuenta años, sin que a prácticamente a nadie le parezca una pena desproporcionada, en sí misma, y comparándola con la que recibieron los autores del crimen de David Moreira?

Punitivismo en Argentina, una breve historia

En julio de 2017 se completó el círculo de reformas regresivas iniciado en la Argentina en abril de 2004. Otra vez, ante un hecho que provocó conmoción pública -el secuestro seguido de muerte de Axel Blumberg (23) en marzo de 2004, la violación y feminicidio de Micaela García (21) en abril de 2017, ambos delitos conminados con pena de prisión perpetua al momento de ejecutarse- asistimos a las mismas reacciones y a la reiteración del mismo tipo de respuestas. Sabíamos desde el comienzo qué iba a suceder, podíamos predecirlo: sobreactuación, utilización de las víctimas, sanción con leyes restrictivas de derechos, aumentos de penas y de aplicación de dolor, inutilidad, falta de resultados futuros, nueva discusión cuando sucediera otro hecho grave, y así de seguido. En uno y otro caso, y cada vez que se aplican políticas de mano dura, el razonamiento aparente es que más castigo equivale a menos crímenes. Aparente, porque quienes dice eso saben que es falso: si así fuera, Estados Unidos sería un país sin crímenes violentos. Cualquiera, aún quienes viven la vida a través de Netflix, sabe que no es así.

Cada vez que se aplican políticas de mano dura, el razonamiento aparente es que más castigo equivale a menos crímenes. Quienes dice eso saben que es falso: si así fuera, Estados Unidos sería un país sin crímenes violentos

Como consecuencia de las «leyes Blumberg» -que fueron votadas a mano alzada, casi sin discusión, con el argumento de que “no se puede discutir con un padre doliente”- se extendió el tiempo de condena hasta los cincuenta años, entre otras barbaries represivas. Con las sucesivas reformas a la ley de Ejecución Penal[2] se decidió que para la mayoría de los autores de delitos de cierto nivel de gravedad -que van desde los atentados contra la vida hasta la comercialización de estupefacientes-, todo ese tiempo de condena hay que pasarlo en la cárcel. Cinco años, quince, treinta o cincuenta. Por ejemplo, los cinco jóvenes condenados por el homicidio de Fernando Báez Sosa saldrán ancianos o muertos, hagan lo que hagan, cambien lo que cambien, crezcan lo que crezcan. No fue el señor Blumberg quien escribió el catálogo de propuestas punitivas que legisladoras y legisladores de todas las fuerzas políticas votaron entre abril y noviembre de 2004, sino su asesor jurídico, Roberto Durrieu, ex subsecretario de Justicia del dictador Jorge Rafael Videla. Es decir: nuestro Código Penal, gracias al voto de representantes elegidos democráticamente, incorporó normas pensadas por una de las cabezas jurídicas de la dictadura genocida.

Cuando el legislador Luis Petri, impulsor del proyecto votado en 2017, dice frases tales como «que se pudran en la cárcel», «no tienen que volver a la sociedad», «vamos a cerrar la puerta giratoria», está retrocediendo centurias en la concepción del derecho de ejecución de las penas, violando las garantías constitucionales y construyendo, en definitiva, nuevos sujetos descartables, pasibles de ser objeto de torturas y merecedores de sufrir una muerte en vida. Todo ello, sin ningún resultado en términos reales. Por pura venganza y retribucionismo del ojo por ojo, inútil y contraproducente para disminuir cualquier tipo de violencia social. Lamentablemente, no se trata solo de él, sino de todos y cada uno de los legisladores que acompañaron y votaron su proyecto, con más o menos convicción.

Para muchas personas condenadas, el derecho a la reinserción ha caído en saco roto o es una falsa promesa. ¿A dónde se va a reinsertar un joven de 25 años, condenado a prisión perpetua? ¿Qué expectativa tiene?

En 2017, como en 2004, la falta de coraje para enfrentar estos discursos de parte de sectores políticos que en teoría no concuerdan con las posiciones de la derecha, hizo que quedaran plasmadas en nuestro Código Penal y en nuestro sistema legal de ejecución de las penas, concepciones absolutamente ajenas a nuestra Constitución y nuestras tradiciones en materia penal y penitenciaria. La rica historia de organización carcelaria y tratamiento dentro de las cárceles, que culminó en 1996 con la sanción de la ley 24.660 de ejecución de las penas privativas de la libertad, se asentaba en cuatro principios: derecho a la reinserción de la persona condenada; individualización del tratamiento penitenciario; progresividad de la pena; y control judicial de la ejecución de las condenas.

Las reformas introducidas entre 2004 y 2017 implican que, para una numerosa cantidad de personas condenadas, el derecho a la reinserción ha caído en saco roto o es una falsa promesa, de cumplimiento imposible. ¿A dónde se va a reinsertar un joven de 25 años, condenado a prisión perpetua? ¿Qué expectativa de volver a vivir en sociedad tiene cuando escucha esa condena, que le dice que volverá a pisar la calle cuando sea un anciano de 75, si es que llega con vida a esa edad?

Y, en cuanto al tratamiento individualizado, ¿de qué sirve acordar qué estudios realizar, qué tareas laborales aprender, que recursos simbólicos adquirir, frente a un horizonte que se muestra de puro encierro durante décadas? No hay progresividad, que era un modo de transcurrir la condena avanzando paulatinamente por diversas fases del tratamiento penitenciario, pasando de regímenes más rigurosos y rígidos, a espacios donde pudiera ejercerse la autodisciplina. Todo ello ha sido dinamitado. La falta de perspectiva y la ausencia de toda esperanza de recobrar la libertad tornan la vida en prisión en un padecimiento que en nada se diferencia de una tortura planificada.

#NoALaMuerteEnVida

El despliegue comunicacional que ha tenido el juicio por el homicidio de Fernando Báez Sosa ha permitido poner en discusión una de las más brutales expresiones del punitivismo: las penas de prisión perpetua, sin salidas transitorias ni libertad condicional. Y un conjunto de personas y organizaciones hemos decidido iniciar una campaña para poner en discusión este tipo de castigos.[3] De igual manera que enfrentaríamos la pena de muerte si viviéramos en un país que la contemplara en su ordenamiento legal, lucharemos contra esta pena de muerte en vida que son los cincuenta años de cárcel que supone la pena de prisión perpetua hoy en nuestro país.

La falta de perspectiva y la ausencia de toda esperanza de recobrar la libertad tornan la vida en prisión en un padecimiento que en nada se diferencia de una tortura planificada

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha subrayado en repetidas ocasiones que todos los presos deben tener un horizonte realista sobre la obtención de su libertad, y que ésta no puede ser solo teórica o ilusoria. Sin un «derecho a la esperanza», no hay ninguna posibilidad de libertad, y esto constituye un trato inhumano.

Quienes hemos iniciado una campaña cuyos lemas son #NoALaPrisiónPerpetua y #NoALaMuerteEnVida conocemos los efectos destructivos que decenas de años de cárcel provocan en los seres humanos, y entendemos que, cualquiera sea el delito cometido, debe de haber una posibilidad de reparar el daño causado y reiniciar una vida en comunidad, por fuera de los muros y del encierro. Plantarnos #ContraLaPrisionPerpetua es un modo de luchar por el derecho a la esperanza que, así lo consideramos, debe alcanzar a todas las personas en un Estado democrático. También a las que cometieron delitos graves.

Y, como las batallas contra el punitivismo y la mano dura deben incluir en primer lugar a las víctimas de esas políticas, nos proponemos hacerlo con las y los autores de esos crímenes, y sus familias, para dejar de hablar de ellos, y comenzar a discutir y transitar un camino con ellos. Hay muchas preguntas para hacerse: ¿Hay otras formas de reparar el daño causado? ¿Cómo construir políticas de reparación adecuadas? ¿Cuánta es la responsabilidad individual y cómo se mide la social y colectiva? ¿Qué podemos hacer para contribuir a que disminuya el número de crímenes, y la participación de adolescentes y jóvenes en el delito?

Tenemos un norte, siguiendo al viejo Christie: disminuir el dolor del castigo estatal.


[1] Ver este enlace.

[2] En particular con la sancionada el 5 de julio de 2017 (Ley 27.375), conocida como Ley Petri, por ser este diputado de derecha su principal impulsor.

[3] Ver este enlace.

Fotografía

Mano sobre valla de alambre de una persona refugiada presa. Autoría: Ruslan Shugushev (Shutterstock).