Tribuna

La Declaración de Barcelona sobre el Derecho Humano a la Paz

Carlos Villán Durán
Presidente Asociación Española para el Desarrollo y la Aplicación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH)
Carlos Villan Duran

Carlos Villán
Durán

El 2 de junio de 2010 el Comité Internacional de Redacción -compuesto de 10 especialistas de las cinco regiones del mundo- aprobó en el Parlamento catalán la Declaración de Barcelona sobre el Derecho Humano a la Paz (disponible en www.aedidh.org). La reunión había sido organizada por la AEDIDH y el ICIP, con los auspicios de las instituciones catalanas. Supuso la culminación de una iniciativa legislativa de la sociedad civil internacional que se había iniciado el 30 de octubre de 2006 con la adopción de la Declaración de Luarca sobre el Derecho Humano a la Paz por 15 especialistas españoles, que a su vez fue revisada por la Declaración de Bilbao sobre el Derecho Humano a la Paz, aprobada el 24 de febrero de 2010 por un Comité Técnico de Redacción formado por 14 especialistas españoles. El texto de Bilbao sirvió de base para los trabajos de redacción terminados en Barcelona.

A su vez, la Declaración de Barcelona será sometida al refrendo de la sociedad civil internacional, que se reunirá en Santiago de Compostela (España) en el marco del Congreso Internacional sobre el Derecho Humano a la Paz los días 9-10 de diciembre de 2010, con motivo del Foro 2010 o Foro Social Mundial sobre la Educación para la Paz.

Además de aprobar la Declaración de Santiago sobre el Derecho Humano a la Paz, el mismo Congreso debatirá sobre los estatutos del futuro Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz, que se constituirá en el seno de la AEDIDH con una doble función: promover la aplicación de la Declaración de Santiago en todo el mundo y velar por que su articulado sea tenido en cuenta durante la codificación oficial del derecho humano a la paz.

Las tres Declaraciones ya aprobadas (Luarca, Bilbao y Barcelona) muestran que es posible trasladar el valor universal de la paz del orden moral o filosófico a la categoría jurídica de derecho humano. Redactadas conforme a la técnica jurídica de los instrumentos internacionales, asumen en sus preámbulos el enfoque holístico de la paz, ya que ésta no es solamente negativa -ausencia de conflictos armados-, sino positiva, proyectada en tres dimensiones: primera, lograr la satisfacción de las necesidades básicas de todos los seres humanos, con el fin de erradicar la violencia estructural producida por las desigualdades económicas y sociales en el mundo. Segunda, la eliminación de todo tipo de violencia cultural (de género, familiar, escolar, laboral, etcétera). Tercera, el respeto efectivo de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas.

De ahí que las tres Declaraciones pongan énfasis en la necesidad de establecer un nuevo orden económico internacional que elimine las desigualdades, la exclusión y la pobreza. Además, debe basarse en el respeto al medio ambiente y completarse con una educación favorecedora de identidades desligadas de la violencia para desaprender la guerra; el desarme general y completo bajo estricto y eficaz control internacional; la eliminación de la desigualdad por motivos de género; y la erradicación de todas las formas de intolerancia o discriminación basadas en criterios raciales, étnicos o religiosos.

Las tres Declaraciones son los hitos más destacados que han jalonado la campaña mundial a favor del derecho humano a la paz que, conducida por la AEDIDH durante cuatro años (2007-2010), se articuló en torno a dos ejes: primero, compartir la Declaración de Luarca con especialistas y representantes de la sociedad civil en 20 reuniones celebradas en las cinco regiones del mundo. Se recogieron contribuciones propias de las distintas sensibilidades culturales del mundo, articuladas en siete Declaraciones regionales que, inspiradas en la Declaración de Luarca, rubricaron el alcance universal de la misma. Fueron aprobadas entre 2008 y 2010 en las ciudades de La Plata, Yaundé, Johannesburgo, Bangkok, Sarajevo, Alejandría y La Habana (disponibles en www.aedidh.org) y alimentaron la revisión de la Declaración de Luarca que se concretó en las Declaraciones sucesivamente aprobadas en Bilbao y Barcelona. En ellas se abordan aspectos tales como la prohibición de la discriminación en el ejercicio del derecho humano a la paz; los mecanismos de reparación para las víctimas de las violaciones a sus derechos humanos; el alcance del derecho a la resistencia contra la opresión y el totalitarismo; el refuerzo del enfoque de género; y los grupos en situaciones de vulnerabilidad.

Segundo, mantener informada a la comunidad internacional de los progresos de la citada campaña, mediante la participación activa de la AEDIDH y las ONG asociadas (más de 500 en la actualidad) en los períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de otros órganos pertinentes, organizando reuniones paralelas de personas expertas y formulando declaraciones escritas conjuntas (14) y orales. En ellas se abordan los aspectos más controvertidos relativos al contenido y alcance del derecho humano a la paz, defendiéndose la visión holística de la paz que reclama la sociedad civil internacional.
En los últimos meses de la campaña mundial a favor del derecho humano a la paz, su balance final no puede ser más satisfactorio, pues se han alcanzado sus dos objetivos estratégicos: de un lado, articular el contenido y alcance del derecho humano a la paz en una Declaración que haga justicia a las aspiraciones de la sociedad civil internacional, reconociéndose que la paz es un derecho humano universal. De otro, persuadir a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos a iniciar la codificación internacional del derecho humano a la paz. Lo que se consiguió el 17 de junio de 2010 cuando el Consejo DH, reconociendo la importancia de la contribución de las organizaciones de la sociedad civil a la codificación y el desarrollo progresivo del derecho a la paz, decidió pedir a su Comité Asesor que prepare un proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz.

La AEDIDH continuará trabajando con el Comité Asesor y el Consejo DH para que el proyecto de declaración anunciado incluya igualmente la dimensión individual del derecho a la paz, la perspectiva de género y la atención a las personas pertenecientes a grupos en situaciones de vulnerabilidad. Aspiramos a que la Asamblea General de las Naciones Unidas apruebe en su día la Declaración Universal del Derecho Humano a la Paz, con la que se facilitará la adaptación del DIDH a las necesidades reales de la sociedad civil internacional, haciendo posible pensar de otra forma las relaciones humanas en el marco de una cultura de paz.